Redacción, Diario El Divisadero
La Tesorería General de la República (TGR) explicó los alcances del Dictamen N° OF91153 de 2026, luego de una nota publicada por El Mercurio en la que indicaba que Contraloría había ordenado revocar la retención de impuestos para compensar deudas del Crédito con Aval del Estado (CAE).
Mediante un comunicado de prensa, la Tesorería aclaró que dicho dictamen "no elimina ni limita las facultades generales de cobranza del organismo respecto de las deudas del Crédito con Aval del Estado".
"El pronunciamiento de la Contraloría General de la República se refiere exclusivamente a la aplicación del artículo 6° del Estatuto Orgánico de Tesorería en un caso específico vinculado a fondos con destino previsional preferente. Por tanto, las facultades de cobro coactivo establecidas en el Código Tributario permanecen plenamente vigentes, incluida la facultad de TGR de compensar deudas CAE con créditos fiscales", añade.
Además, Tesorería recalca que "el dictamen no se pronuncia sobre la calidad del Fisco como acreedor ni sobre la naturaleza del CAE como crédito del sector público".
Des esta forma, "el propio dictamen mantiene vigente la doctrina previamente establecida por Contraloría en el Dictamen N° 30.802 de 2019, confirmando la continuidad de los criterios administrativos aplicables a la cobranza de este tipo de créditos por parte de la Tesorería General de la República", finaliza el comunicado.
Origen del cuestionamiento
Cabe recordar que esta aclaración surge luego de que Contraloría ordenara a la Tesorería reintegrar los dineros retenidos en la Operación Renta 2023 a una trabajadora independiente, con el objetivo de compensar una deuda del CAE.
Al respecto, Contraloría señaló que dichos montos provenientes de boletas de honorarios estaban destinados al pago de cotizaciones previsionales obligatorias.
Según el órgano contralor, este tipo de cotizaciones deben pagarse "con preeminencia a otro cobro, imputación o pago de cualquier naturaleza", es decir, tienen prioridad según la Ley 21.133.




















