Peter Hartmann, Coordinador Coalición Ciudadana por Aisén Reserva de Vida
Hace poco leímos que las agrupaciones gremiales salmoneras estaban de acuerdo en que no podían estar en parques nacionales; sin embargo, que sepamos, no hacen mucho para que eso sea efectivo. Peor aún, han estado apoyando a Cooke en permanecer. Es cosa de ver como Cooke Aquaculture, que es parte de una de esas agrupaciones, lleva como tres años negándose en salir del Parque Nacional y Reserva de la Biósfera Laguna San Rafael y en eso hasta niegan estar en él (mientras acordaban en 2023 con el gobierno salir de ahí), porque si no, no les podrían haber autorizado esas concesiones. Y ahí evidentemente, hay toda una irresponsable complicidad institucional, que nunca ha sido puesta en tela de juicio. ¿Algún sumario siquiera? Al contrario, se acusa mala intención cuando aplican la ley. La cuestión o pregunta es que, como se les entregó concesiones en parques nacionales, algunas antes de entrar en vigencia la Ley del Medio Ambiente y en una época en que estas no tenían fecha de término, algo increíble. ¡Es más, nos encontramos con Calificaciones de Aprobación Ambientales a sabiendas que se encontraban en parque nacional! Una de ellas hasta fue rechazada a nivel regional y aprobada por la CONAMA en Santiago. Así las cosas, con los privilegios, pitutos y corrupción por esos lados.
Igualmente, leer la Ley de Pesca y Acuicultura produce harto asombro, por cómo se incumplen variadas partes de ella sin que a alguien le importe. Entre ellas, está el famoso artículo 67 relativo a las Áreas Aptas para la Acuicultura, AAA y las franjas de excepción en bordes de áreas protegidas, que hemos estado reclamando ante la Contraloría. Así es como desde al menos 2019 el Gobierno Regional de Aysén sabe que por ley "debe establecer franja de resguardo para excluir especies hidrobiológicas exóticas en la cual no podrán otorgarse concesiones" en la Zonificación del Borde Costero, para que el ministerio de Defensa las decrete o incorpore modificando el decreto existente respectivo. La Evaluación Ambiental Estratégica para modificar la Zonificación (Res. Ex. Gno. Regional 748 /2019) que se estaba haciendo en aquel entonces quedó abandonada, sin publicarse siquiera el expediente con las observaciones como corresponde por reglamento y se había comprometido ¿Porque tanto ocultismo? Nuestros intentos desde aquel tiempo para que se cumpla el Art.67 han chocado con todo un muro burocrático, en lo que se nos respondió de que las áreas protegidas de Aisén cuentan todas con su parte marina, a lo que tuvimos que explicar en detalle aquellas cuyo deslinde es la orilla del parque con el mar y por lo tanto corresponde establecer esa franja. Así, conseguimos que se allanasen a fijar esas franjas cuando se diese la oportunidad para ello. Y la última respuesta, con la Contraloría de por medio, fue de que esa franja solo vale para parte del borde del PN Melimoyu, lo que no es así. Y que la aplicarán cuando prosiga la modificación de la Zonificación del Borde Costero, lo cual está claro puede ser en quien sabe cuantos años más, porque por lo visto, no hay mucha voluntad para ello.
Junto con esa controversia, tenemos otra, precisamente sobre AAA en parques nacionales, donde a todas luces son ilegales (cosa que a los responsables les importa poco). La cuestión es que la Contraloría en algún momento entregó un dictamen al respecto, llevando a que el ministerio de Defensa emitiese los decretos exentos 145 (Atacama) y 146 (Aysén) de julio 2025, en los cuales se suprimen AAA a orillas de parques nacionales de esas regiones. La verdad es que fue una grata sorpresa, aunque denota que si no es la Contraloría la que los obliga, no lo hacen. Esa vez no alcanzamos en revisar ese Decreto, lo que recién hemos logrado hacer ahora, llevándonos una sorpresa aún mayor al percatarnos que en alguna medida viene a cumplir la función de la franja de exclusión del Art. 67 al eliminar AAA en diversas orillas de parques nacionales en cuyas playas se proyectaban. ¡Y no solo en el PN Melimoyu! Y la verdad es que por lógica ahí nunca debieron estar. Vaya saber cómo y quienes las pusieron ahí (leímos alguna vez una justificación de que CONAF, administradora de los parques, no se había opuesto). Ahora, quien se dé el trabajo de mirar el visualizador de mapas de la SUBPESCA, que contiene valiosa información sobre ubicación de AAA y concesiones, se podrán percatar que esas AAA suprimidas ¡tras casi un año, siguen ahí! Y por otra parte, el que se hayan suprimido no implica que se eliminen también las concesiones ubicadas ahí. Lo que sí debiera ocurrir, es que quienes autorizaron esas AAA y concesiones en esos lugares ahora debieran relocalizarlas. Y a propósito de eso, las concesiones de AquaChile y Los Fiordos ubicadas en el PN Isla Magdalena comprometidas a ser relocalizadas con el gobierno en diciembre 2023, siguen apareciendo en el visualizador de mapas. Por lo visto, por más buena voluntad que haya, no es llegar y relocalizar en un mar ya plagado de ellas. Y hacer espacio caducando las caducables, parece tampoco les gusta.
















