Eduardo Vera Wandersleben, Abogado y ex administrador regional
Obviamente que es una deformación idiomática el usar el conjunto de letras que uno puede leer cual, si fueren no palabras, sino conceptos.
Confieso que me producen rabia y angustia el que existan; pues no pocas veces algún "conocido" ha asumido que tengo influencias entre personas con poder político y me han pedido que interceda por algún sobrino, o hijo de amigo, postulante a algún empleo, con la consiguiente frustración, pues —ni para mis hijos— han alcanzado tales fantasías.
En esta etapa de mi vida ya tengo clarísimo que como" influencer" he fracasado y, lo peor para mi, es que ya no me queda tiempo para reiniciarme y estudiar tal especialidad.
En tal escenario me ha dado por observar el "como es que se hace ello" que yo no he podido hacer. Y estaba justamente en este afán cuando hace un par de días ocurrió que el diario El Mercurio golpeó a sus lectores exponiendo y denunciando que en la región de Aysén se había producido un atípico hallazgo de tráfico de influencias, en un yacimiento local ya bastante explotado, pero por primera vez puesto en vitrina del principal y tan destacado diario nacional .
La noticia es que se validó por la autoridad nacional de salud que para él la región de Aysén se había establecido un nuevo beneficioso para ser usado por una especifica categoría de profesionales.
El beneficio al que aludo consiste en que, en ciertas circunstancias y concurriendo no tan complejos requisito , algunos profesionales extranjeros escasos y muy apetecidos por sus capacidades sociales, pueden trabajar para fomentar el crecimiento del capital humano en esta Patagonia. Los requisitos son:
1. Ser extranjero; licenciado en medicina;
2. No contar con el examen habilitante para ejercer la medicina en el sistema de salud pública;
3. Ser sobrino de algún funcionario influyente en el entorno del Servicio de Salud Aysén;
4. Ser hijo de quien fuere Director del Hospital Regional Coyhaique;
5. Y que concurriendo todos los anteriores cuatro requisitos, exista en el territorio de Aysen una localidad rural que por alguna motivo, razón o circunstancia, deba ser o merezca ser castigada con una atención medica prestada por un medico extranjero carente de habilitación.
De contrapartida el estado de Chile y su administración pública, tanto para el profesional que reúna las anteriores cinco condiciones, como también para sus influencer, gozan de un nuevo beneficio: el beneficio que para ellos y solo para ellos, ni la Contraloría General de la Republica, ni el Consejo de Defensa del Estado, ni el Ministerio Público, en categoría de "deber" deben omitir toda consideración, ponderación y acciones que pudiesen implicar una mínima indagación sobre si en el ya descrito entorno y circunstancias pudiera haberse incurrido siquiera en una suerte de tropiezo que por mera coincidencia se relacione con materias académicas tales como nombramiento ilegal de cargo público, coparticipación en el ejercicio ilegal de profesión, negociación incompatible y trágico de influencias, que tienen cierto parecido a figuras que se describen en los artículos 220,313 y 240 del Código Penal.
Soñemos que las autoridades superiores en sus debidas competencias ponderaran no oníricamente como yo lo grave del hecho referido; porque las duras cifras y situaciones, exhiben para la comunidad de Aysén que sus resultados en gestión de salud púbico son de los peores de Chile y desilusionan a quienes confiamos en que pese a la porfía de los referidos datos el gobierno de nuestro presidente J.A. Kast cumplirá con sus promesas de gestión eficiente y próvida.-



















