Redacción, Diario El Divisadero
El Consejo para la Transparencia determinó la responsabilidad administrativa del alcalde de Coyhaique Carlos Gatica Villegas, por incumplimientos relacionados con las obligaciones de transparencia activa de la Corporación Cultural y de la Corporación Municipal de Deportes y Recreación.
Las resoluciones fueron dictadas luego de la realización de dos investigaciones sumarias, identificadas con los roles S168-24 y S159-24, en las que se analizaron diferentes omisiones en la publicación y actualización de antecedentes que debían estar disponibles permanentemente para la ciudadanía.
De acuerdo con los dictámenes, la autoridad comunal no habría ejercido adecuadamente su deber de supervisión en su calidad de presidente de los directorios de ambas corporaciones, permitiendo que información relevante permaneciera incompleta, desactualizada o fuera del acceso público.
Entre los antecedentes que no se habrían publicado correctamente se encuentran la ejecución de los presupuestos anuales, las nóminas de trabajadores contratados a honorarios o bajo el Código del Trabajo, las escalas de remuneraciones, determinadas adquisiciones realizadas fuera de los sistemas formales y los registros de beneficiarios.
Las resoluciones recalcan que las corporaciones municipales están obligadas a cumplir con la denominada "transparencia activa", principio que exige mantener disponible en internet información actualizada sobre su organización, personal, contrataciones y utilización de recursos públicos.
En el caso de la Corporación Cultural de Coyhaique, el Consejo para la Transparencia aplicó una multa equivalente al 25% de la remuneración mensual de su directora ejecutiva. En tanto, el alcalde recibió una sanción correspondiente al 30% de su sueldo.
Por su parte, la investigación relacionada con la Corporación Municipal de Deportes y Recreación concluyó con una multa del 25% para su director ejecutivo subrogante y una sanción equivalente al 40% de la remuneración del jefe comunal.
Respecto de esta segunda investigación, el documento señala que al alcalde no se le reconoció la atenuante de "irreprochable conducta anterior", debido a la existencia de la sanción aplicada previamente por los incumplimientos detectados en la corporación cultural.
Respecto a lo anterior, la institución fiscalizadora señaló que estas resoluciones "Marcan un profundo precedente en materia de probidad y en el correcto manejo de la información pública dentro de la comuna de Coyhaique, determinando la completa responsabilidad administrativa del actual alcalde Carlos Gatica frente a reiterados e injustificados incumplimientos a la Ley de Transparencia", concluyendo que "el Alcalde no ejerció en ningún momento las medidas necesarias de control, dirección y supervisión que su alto cargo exige, permitiendo que el personal bajo su estricta dependencia mantuviera oculta, incompleta o desactualizada una serie de informaciones fundamentales para el correcto escrutinio ciudadano".
El impacto económico y el destino final de los dineros
Al sumar de manera directa los resultados de ambos informes elaborados por el Consejo para la Transparencia, el alcalde acumula penalizaciones equivalentes al 70% de una remuneración mensual producto de estas graves vulneraciones al derecho a la información.
Estas infracciones no se limitan a un llamado de atención escrito. Las resoluciones ordenan que estos altos porcentajes sean descontados íntegramente y de manera obligatoria desde la primera liquidación de sueldo bruta que deban percibir las autoridades. Finalmente, el dinero retenido no volverá al presupuesto del municipio ni se quedará en Coyhaique, sino que será depositado directo a las arcas del Estado, ingresando a la Tesorería General de la República.






















