Redacción, Diario El Divisadero
La Corte Suprema confirmó el fallo dictado por la Corte de Apelaciones de Coyhaique, que rechazó el reclamo presentado por la empresa Pesca Chile S.A. y los capitanes de la nave Cabo de Hornos, validando las sanciones impuestas por la Dirección Regional de Sernapesca Aysén por descarte no autorizado de recursos hidrobiológicos.
Con esta resolución, el máximo tribunal ratificó el actuar de Sernapesca, condenando a la empresa al pago de una multa de 2.037,998 UTM (a la fecha 155.014.931 millones de pesos) y a los dos capitanes al pago de una multa de 100 UTM cada uno, por realizar descartes no autorizados de merluza del sur y merluza de cola durante faenas realizadas por la nave Cabo de Hornos.
El fallo de la Corte Suprema reafirma el procedimiento administrativo sancionatorio desarrollado por Sernapesca. El tribunal valoró especialmente el Informe Técnico, que acreditó mediante el análisis de registros audiovisuales, la existencia de un descarte sistemático e injustificado de especies, en contravención a la Ley General de Pesca y Acuicultura.
La infracción fue detectada mediante la revisión de datos del sistema de registro de imágenes (DRI) instalados a bordo de la nave Cabo de Hornos, en el marco del sistema de fiscalización remota que Sernapesca mantiene para el monitoreo del descarte. Los registros constataron acciones de descarte de ejemplares de merluza del sur y merluza de cola sin contar con autorización para ello.
Daniela Leiva, directora regional de Sernapesca en Aysén destacó el fallo señalando que: "Este fallo de la Corte Suprema no sólo valida el trabajo técnico y jurídico del Servicio, sino que también reafirma nuestro compromiso con la protección de los recursos pesqueros y el cumplimiento estricto de la normativa vigente. Esta sentencia marca un precedente relevante en materia de fiscalización y cumplimiento pesquero, reafirmando el rol de Sernapesca como garante del manejo responsable de los recursos hidrobiológicos del país".





















