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Policial
Formalizan a 2 oficiales PDI por falso testimonio en operativo por droga
Se trata de un inspector y un subcomisario quienes actualmente se encuentran suspendidos de sus funciones.
Redacción, Diario El Divisadero
08-02-2024

Coyhaique-. Este jueves se realizó audiencia de formalización de dos funcionarios de la PDI Coyhaique presuntamente involucrados en un delito de falsificación de instrumento público, de acuerdo a la acusación de Fiscalía. Se trata de un inspector y un subcomisario identificados con las iniciales J.U.V. y R.A.C.
quienes actualmente se encuentran suspendidos de sus funciones y que según la parte querellante, participaron en un procedimiento de entrega controlada de drogas en la ciudad de Puerto Aysén, el cual se habría realizado con una serie de irregularidades que llevaron a una persona afectada a presentar la correspondiente querella contra los funcionarios PDI aduciendo un procedimiento absolutamente irregular.

Los hechos 

Los hechos ocurrieron entre los días 24 y 26 de agosto de 2023 y en el mes de diciembre, el tribunal de garantía de Puerto Aysén declaró admisible una querella criminal presentada por Camila Trujillo Alarcón, funcionaria pública, contra 4 funcionarios de la PDI, de iniciales R.A.C., J.U.V., J.H.A., y A.S.T., pertenecientes a la brigada antinarcóticos y el ciudadano B.O.G., taxista de Puerto Aysén, por el delito de obstrucción a la justicia contemplado en el artículo 269 bis y demás ilícitos que se acrediten durante el curso de la investigación.

La acción judicial está patrocinada por el abogado Aldo Basquee Cid, y en la querella señala que con fecha 26 de agosto de 2023 a las 12;45 horas, fue detenido en la calle Michimalonco 502, Puerto Aysén, por el delito de tráfico de drogas, el querellado B.O.G, dicha detención se concretó por funcionarios de la Policía de Investigaciones de Chile, específicamente los funcionarios querellados. El motivo de la detención fue que B.O.G. concurrió hasta la empresa de transporte Starken para retirar 2 encomiendas provenientes de la ciudad de Viña del Mar, supuestamente contenedoras de droga, poco más de seis kilos, con destino Puerto Aysén, la primera encomienda bajo el No 988759673, donde consta como remitente Genesis Albornoz, y destinataria Katherine Montenegro Espinoza, y la segunda encomienda No 988835150, donde consta como remitente Valentina Astorga Valdebenito, y destinataria Yasna Águila Bustamante. La concurrencia del querellado B.O.G., para realizar los retiros en la empresa Starken, se origina por un supuesto encargo realizado por uno de sus contactos de Facebook llamada
Yasna Rodríguez Cifuentes, con quien este mantenía una supuesta relación.

El querellado B.O.G., señaló que cumplía supuestas funciones de taxista, lo que incluía el retiro de encomiendas, y ofreció su colaboración a los funcionarios policiales, mediante la técnica de agente revelador, ordenado por la Fiscal a cargo, María Inés Núñez Briso, la cual instruyó al querellado de autos y funcionario de la PDI, A.S.T., para que tomara contacto con Yasna Rodríguez Cifuentes, a quien el funcionario le solicita que le indicara en qué dirección debían dejar las encomiendas, a lo que Yasna Rodríguez Cifuentes le señala que la primera de ellas debe ser dejada en un domicilio de calle Quitralco y la segunda en Avenida 1 Sur, ambas direcciones de la ciudad de Puerto Aysén.

En este mismo contexto el informe policial No 2023 046 2070/ 00 250/ 7007 de la causa RUC 2300920298-6, señala en su página 10 y 11 lo siguiente; "en primera instancia se concurre al domicilio ubicado en calle Quitralco, donde avisa la llegada mediante la bocina del vehículo, saliendo del inmueble una persona de sexo femenino, contextura gruesa, quién señala que recibirá las dos cajas, por lo que se le hace entrega de estas, junto a los recibos de pago de cada una de ellas, para que luego la mujer las ingrese a su domicilio, siendo todo observado por el Inspector A.S.T. Dicho relato es producto de lo informado por el funcionario de la PDI y registrado en un informe por los detectives J.U.V. y R.A.C. Además este último señala en el mismo informe que, "en primera instancia se concurre al domicilio ubicado en calle Quitralco, donde el taxista B.O.G. avisa la llegada mediante la bocina del vehículo saliendo del inmueble una persona de sexo femenino con textura gruesa quien señala que recibirá las dos cajas por lo que se le hace entrega de estas junto a los recibos de pago de una de ellas para que luego la
mujer las ingrese a su domicilio siendo todo observado por Inspector A.S.T., y siendo las 13:58 horas de ese día, se hace ingreso por parte del personal policial al inmueble, encontrando en su interior a Camila Macarena Trujillo Alarcón, la querellante, quién fue detenida en flagrancia.

Con fecha 27 de agosto de 2023, la querellante, Camila Trujillo Alarcón, fue formalizada por el delito de tráfico de drogas en la causa RUC 2300920298-6, RIT 2277-2023 ante el Juzgado de Garantía de Coyhaique y en su formalización, la fiscal María Inés Núñez Briso señaló que las cajas fueron ingresadas al domicilio de la querellante por ella misma, y los funcionarios policiales y querellados en estos autos, las encontraron en el interior de su domicilio en calle Quitralco. Esos antecedentes constan en la carpeta investigativa, específicamente en los informes policiales No2023 046 2070/ 00 250/ 7007. Con dicho antecedente, que las cajas producto de las encomiendas No988759673, y la encomienda No988835150, fueron ingresadas por la querellante a su domicilio y que los querellados las encontraron en su interior, incluso fueron fotografiadas en el living de la casa, la Fiscalía solicitó la prisión preventiva de la querellante, la cual fue otorgada con la oposición de la defensa, la cual indicó que dicho antecedente sería falso y quienes ingresaron esas especies al interior del domicilio de la querellante fueron los funcionarios de la Policía de Investigaciones y posteriormente mintieron señalando que las habían encontrado en el interior.

Posteriormente por averiguaciones realizados por la familia de la querellante, se llegó a una cámara de seguridad que existe al frente del domicilio de calle Quitralco, lugar donde se realizó el operativo policial el día 26 de agosto de 2023, en dicha obtención de imágenes se logra apreciar los siguientes antecedentes; que a las 13:50 horas del día 26 de agosto de 2023, llega el taxista querellado, B.O.G. y se observa que este camina con una caja, y la ingresa al interior de un vehículo, para luego volver a su vehículo y regresar con la segunda caja, Luego a las 14 horas llegan funcionarios de la PDI y querellados, los cuales ingresan al domicilio de Quitralco, rompiendo la puerta de entrada. Luego a las 14:14 horas, se observa cómo a lo menos 2 funcionarios policiales, abren las puertas del vehículo al cual el querellado B.O.G. había ingresado las cajas (encomiendas), sacan dichas cajas del vehículo que se encontraba estacionado en las afueras del domicilio y las ingresan al domicilio de la querellante, posteriormente a las 14:24, se observa en las cámaras que los querellados se retiran del lugar, cargando las dos cajas en su vehículo, siendo las mismas cajas que ellos mismos ingresaron al domicilio, engañaron al tribunal al señalando que estas se encontraban en el domicilio de la querellante de estos autos, logrando de esta manera la presión preventiva.

Obstrucción a la investigación

La querella añade que los funcionarios de la PDI, a sabiendas, obstaculizaron gravemente el esclarecimiento de los hechos, al no decir la verdad del lugar de donde se dejaron las encomiendas y que ellos mismos las cargaron al domicilio para luego fotografiarlas y señalar en sus informes y declaraciones que las habían encontrado en el interior del domicilio de calle Quitralco, aportando antecedentes falsos al Ministerio Público o incluso como lo señaló la fiscal María Inés Núñez Briso en la audiencia en causa RUC 2300920298-6, RIT 2277-2023, celebrada fecha 11 de septiembre de 2023, ante el Tribunal de Garantía de Coyhaique, que los funcionarios PDI querellados habrían cometido una omisión al no señalar que fueron ellos quienes ingresaron las cajas al domicilio.

Según el abogado Basquee, "en este caso no se configura la retractación, ya que la concurrencia de una retractación procede de voluntad propia de los querellados, en este caso, los antecedentes aportados por la querellante al procedimiento como lo es una grabación de una cámara de seguridad, la cual los graba en la perpetración del delito contemplado en el artículo 269 bis, del código penal y es en ese instante cuando se ven descubiertos y reconocen los hechos, hechos que incluso la defensa los indicó en la audiencia de fecha 27 de agosto de 2023 y los querellados aun con ese antecedente se negaron a reconocer su actuar en contra de la justicia y la querellante", sostiene en el escrito judicial.

El abogado señala que "los hechos anteriormente expuestos configuran el delito contemplado en el artículo 269 bis del código penal. El que indica: el que, a sabiendas, obstaculice gravemente el esclarecimiento de un hecho punible o la determinación de sus responsables, mediante la aportación de antecedentes falsos que condujeren al Ministerio Público a realizar u omitir actuaciones de la investigación, será sancionado con la pena de presidio menor en su grado mínimo y multa de dos a doce unidades tributarias mensuales. La pena prevista en el inciso precedente se aumentará en un grado si los antecedentes falsos aportados condujeren al Ministerio Público a solicitar medidas cautelares o a deducir una acusación infundada".

Durante la audiencia la abogada defensora de ambos imputados, Paola Zapata Díaz, indicó que el subcomisario está con licencia médica y fue citado al cuartel institucional por un superior, argumentando razones de servicio, tras lo cual funcionarios del departamento Quinto lo detuvieron en su lugar de trabajo. Este hecho, según la abogada, deslegitima absolutamente la detención de su defendido, lo que expuso en la audiencia, pero el magistrado desestimó ese argumento.

El juez de Garantías finalmente descartó que se trate del delito de falsificación de instrumento público y señaló que el caso corresponde a la figura de falso testimonio, contemplado en el artículo 207 del código penal. Tras analizar lo expuesto por ambas partes, Mario Devaud Ojeda decretó arraigo nacional y firma semanal de ambos imputados en las fiscalías de Coyhaique y Concepción, ya que uno de ellos se encuentra viviendo en esta última ciudad y determino 90
días de plazo para el término de la investigación.

Comunicado PDI

Respecto a la detención de dos funcionarios de la Región de Aysén por Falsificación de Instrumento Público, se informa "que, los hechos están siendo investigados por el Departamento V de Asuntos Internos de la PDI en coordinación con la Fiscalía Local de Aysén. Y que a la fecha existe un sumario administrativo destinado a establecer responsabilidades en este ámbito." 

Agrega que "a raíz de los hechos, los involucrados se encuentran suspendidos. La PDI reitera a la opinión pública que no acepta ni ampara conductas que se alejen de los valores y doctrina institucional, y de establecerse responsabilidades se aplicarán las máximas sanciones".

Policial - PDI - Coyhaique
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