Funas, presunción de inocencia y derecho a la honra


En tiempos en que todo parece marchar a una velocidad vertiginosa, en donde nuestras vidas, creencias y acciones se exponen públicamente (con o sin nuestra autorización) de una manera nunca antes vista, las redes sociales se han transformado en una plaza pública donde cualquier incidente, menor o grave, puede escalar a un juicio público, donde rápidamente pasamos de los hechos, a la opinión y a la condena social. La verdad, lo que realmente ocurrió y cómo, pareciera no tener mucha importancia en este afán de justicia express.
La práctica de las "funas" ? denuncias públicas de hechos eventualmente delictivos o reprochables ? peligrosamente se ha arraigado como un mecanismo de "justicia social". Sin embargo, bajo la apariencia de buscar la verdad y sancionar al culpable, las funas ocultan una profunda y peligrosa erosión de principios fundamentales de nuestro sistema judicial y de convivencia: la presunción de inocencia y el derecho de las personas al respeto de su honra.
La presunción de inocencia es la piedra angular de cualquier Estado de Derecho. Significa que toda persona acusada de un delito es inocente hasta que se demuestre lo contrario, en un juicio justo y con las debidas garantías procesales.
En el universo de las funas, este principio es brutalmente ignorado. Una publicación, un video o un comentario pueden convertir a cualquier individuo en un paria social, sin que medie investigación, presentación de pruebas, derecho a defensa o un veredicto emanado por tribunales competentes. La condena pública es instantánea y, a menudo, irreversible.
El proceso penal, con las imperfecciones que pueda tener, está diseñado para establecer los hechos, evaluar las pruebas y determinar responsabilidades de manera imparcial. No es instantáneo, pero da respuesta a la necesidad de justicia de la gran mayoría de las personas. Las funas, en cambio, operan bajo la lógica de la turba, donde la emoción y la indignación superan cualquier atisbo de racionalidad. El "culpable" es sentenciado en el cadalso digital, con repercusiones que pueden ir desde la pérdida del empleo o la continuación de sus estudios y el aislamiento social, hasta profundos daños psicológicos.
El perjuicio de estas acciones no solo recae sobre la o las personas que son "funadas" públicamente, sino también, sobre las víctimas quienes ven expuestas en redes sociales, muchas veces sin su consentimiento, detalles privados o íntimos, y hechos que les pueden causar vergüenza o dolor, lo que, más que ayudar a resarcir el daño, las revictimizan.
Actualmente en nuestro país, acciones semejantes pueden delitos de acción privada, es decir que para buscar una eventual sanción a quien calumnia o injuria, el injuriado debe contratar a un abogado/a privado/a y desde allí seguir un largo camino procesal, con las implicancias económicas, de tiempo y de desgaste emocional que implican.
Frente a este escenario, pareciera que la solución pasa por fortalecer la responsabilidad de las personas desde etapas tempranas de vida, contar con formación cívica en las escuelas y liceos, y reforzar el conocimiento y la confianza de las personas en las instituciones de justicia.
De esta manera, tendremos una comunidad que frente a hechos reprochables asumirá la responsabilidad de denunciarlos ante el Ministerio Público, Carabineros o Policía de Investigaciones, sabiendo qué esperar a partir de ese momento.
Por el contrario, fomentar la funa como método de "justicia" es permitir una sociedad donde cualquiera puede ser juez y verdugo, y donde la verdad cede su lugar a la especulación y el prejuicio.