Defensoría Penal Pública, -
Durante los últimos años se ha instaurado un intenso debate en la opinión pública, sobre los mecanismos por los que nuestro sistema de justicia autoriza la salida anticipada de las personas privadas de libertad, mediante la institución de la libertad condicional.
La Libertad condicional, ha sido definida tradicionalmente por la doctrina como un beneficio penitenciario que adelanta el momento de la excarcelación. El principal efecto de la libertad condicional es que no modifica ni extingue la pena, sino que esta se cumple de otra forma, no con privación de libertad absoluta, sino que bajo una libertad condicionada.
En cuanto a los requisitos exigidos, podemos señalar:
El tiempo mínimo de condena: por regla general es haber cumplido de forma efectiva la mitad del tiempo de condena impuesta en la sentencia. Las excepciones dicen relación con ciertos delitos de mayor gravedad, en donde se pide tener cumplido dos tercios de condena.
Conducta intachable: En nuestro sistema penitenciario la piedra angular son los beneficios intrapenitenciarios, los cuales a su vez se conceden a base de la conducta del individuo, que se mide cada dos meses. En el caso de libertad condicional se exige haber mantenido calificación de conducta como "Muy buena" en los cuatro bimestres anteriores a la postulación, y en el caso de los delitos considerados de mayor gravedad se exigen 6 bimestres calificados con "Muy buena".
Informe psicosocial de postulación: Es un Informe elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería, que da cuenta de los avances que la o el interno, ha tenido, o bien de los factores de riesgos o reincidencia que pudiese tener. Dicho informe tiene el carácter de ser orientativo y no vinculante para la Comisión de Libertad Condicional.
A lo largo de su historia en Chile, la libertad condicional ha sido un tema altamente sensible, por lo que ha sufrido diversas modificaciones en cuanto a sus requisitos, tales como la aplicación de restricciones, generando así procesos de evaluación y otorgamientos altamente discrecionales y estandarizados de los casos, sin distingo individual, ni análisis de los contextos. Además, no permite la intervención de las y los postulantes al beneficio durante el proceso. Es por esta razón que, actualmente, el proceso de libertad condicional es entendido por muchos como un mero trámite burocrático, sin pensar ni imaginar lo que muchos internos, internas y sus familias arriesgan en esta solicitud, ni el trabajo de reinserción y resocialización que hay detrás.




















