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Opinión
Los efectos de no cumplir con la Ley de Tránsito
Hernán Libedinsky Moscovich, Fiscal Regional de Aysén
21-05-2026

El sábado recién pasado se registró un nuevo accidente de tránsito en las rutas de nuestra región, el cual cobró la vida de un conductor y dos de sus familiares cercanos resultaron con lesiones de diversa consideración, hecho que ocurrió en las cercanías de Villa Mañihuales. Como Fiscalía solicitamos la prisión preventiva del imputado de 44 años, conductor de un camión de gran tonelaje, como autor de los delitos de conducción en estado de ebriedad con resultado de muerte y lesiones graves, medida cautelar que fue decretada por el Tribunal. 

En base a lo expuesto en la audiencia, el Tribunal consideró que la libertad del imputado es un peligro para la seguridad de la sociedad. Precisamente este tipo de conductas nos recuerdan, una vez más, la importancia de cumplir con la Ley de Tránsito, especialmente, en aquellas situaciones donde pueden originarse delitos como los ya descritos. 

De acuerdo con estadísticas de la Fiscalía, sólo este año en la Región de Aysén se contabilizan 417 delitos en el ámbito de la Ley de Tránsito, con un 78,9% de imputados conocidos. En relación con el mismo período del año anterior, se registra un aumento de un 2,7%. 

Este tipo de delitos deben llevarnos a la reflexión y también a actuar, no solo a quienes estamos encargados de la persecución penal sino también a otras instituciones. Todos podemos colaborar en sensibilizar a las personas de abstenerse de conducir luego de haber ingerido alcohol, y de hacerlo en forma prudente y responsable.

Cabe tener presente que la Ley Tolerancia Cero, vigente desde marzo de 2012 y que modificó la Ley de Tránsito, rebajó la graduación de alcohol en la sangre estableciendo el estado de ebriedad a partir de 0,8 gramos por litro de sangre y bajo la influencia del alcohol en 0,3 gramos por litro de sangre. Esto último equivale, por ejemplo, al consumo de un vaso de cerveza o una copa de vino en un adulto promedio. Al mismo tiempo, se incrementaron las sanciones relativas a la suspensión de la licencia de conducir, dependiendo de la infracción que se cometa y sus consecuencias.

Por su parte, las penas de cárcel que se establecen para la conducción en estado de ebriedad en caso de causar lesiones gravísimas o la muerte se modificaron a través de la denominada "Ley Emilia", cuerpo legal que entró en vigor en septiembre 2014. Esta misma ley estableció que los condenados por conducción en estado de ebriedad con resultado de muerte o de lesiones graves gravísimas, como por ejemplo cuando la víctima a consecuencia del ilícito queda demente o notablemente deforme, deben cumplir obligatoriamente una pena efectiva de privación de libertad de un año, y luego podrán cumplir la pena sustitutiva que establezca el tribunal en el fallo condenatorio.

Otro aspecto a tener en consideración es que la Ley 21.495, vigente desde el año 2022, tipifica como delito al que condujere un vehículo motorizado sobrepasando en 60 kilómetros por hora los límites de velocidad permitidos, caso en el cual será sancionado con la pena de prisión en su grado máximo o multa de 2 a 10 unidades tributarias mensuales; y la suspensión de la licencia para conducir por el término de seis meses hasta dos años, si fuere sorprendido en una primera ocasión.  Esta misma ley establece que constituirá una infracción gravísima, exceder entre 20 y 60 kilómetros por hora el límite máximo de velocidad permitido.

A lo anterior, se suman otras conductas graves, como marcharse del sitio del suceso sin auxiliar a la víctima o no dar cuenta de un accidente de tránsito.  Cabe recordar que todo conductor involucrado en un siniestro vial, haya o no sido el causante del mismo, está obligado a detener la marcha del vehículo, prestar ayuda a los posibles afectados y dar cuenta del hecho a la autoridad en forma inmediata.

Por ello, mi invitación es a analizar la importancia de respetar la Ley de Tránsito, destinada a regular la circulación de todos los usuarios en la vía pública, tanto conductores, peatones y ciclistas. 

Esta ley existe para nuestro beneficio como ciudadanos y para las futuras generaciones de personas; para prevenir accidentes, para evitar lesiones o la muerte. 

opinión
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