Defensoría Penal Pública, - Cuando finalizaba el año 2025, una persona fue formalizada ante el tribunal de Chile Chico como presunto responsable de un incendio culposo que, en los últimos días, afectó un sector con abundante pasto seco en dicha localidad. Según se informó en el diario El Divisadero el imputado habría manipulado un esmeril al realizar cortes de unos fierros, con imprudencia y sin tomar las debidas medidas de seguridad, lo que expandió chispas al pasto, comenzado de esa manera el fuego.
Este incidente debe servirnos como recordatorio respecto a que nuestra región no se encuentra, en lo absoluto, libre del peligro de muerte y destrucción que significan los incendios forestales, especialmente en días como los últimos que hemos vivido, marcados por las altas temperaturas.
Causar un incendio sin querer, es decir, solo por negligencia, también se encuentra sancionado penalmente. Si la acción desplegada se lleva a cabo con el deliberado propósito de generar un incendio, nuestra legislación contempla sanciones penales mucho más severas que aquellas que se consideran cuando el incendio se origina producto de un actuar involuntario pero negligente o irresponsable, por parte de quien da origen al fuego.
Debemos recordar que, para realizar una quema controlada resulta necesario que antes de usar el fuego, el interesado se acerque a las oficinas de CONAF y avise de su intención de hacer una quema controlada. CONAF le solicitará algunos antecedentes y se le entregará un comprobante de su aviso de quema, el que señalará días, horas y medidas imprescindibles de ejecutar antes y durante la quema controlada. Una vez que tenga el comprobante en su poder e implemente las medidas, el interesado podrá realizarla en las fechas y horas que éste señale.
La ley de Bosques (art. 22) castiga, también con sanciones penales el empleo de fuego en terreno forestal en contravención de su normativa, aun cuando no se hubiese generado un incendio. Para ese evento, la persona infractora deberá soportar una pena de 61 días a 3 años de cárcel y una multa de hasta 50 U.T.M.
"Jugar con fuego" es una de las frases más recurridas en el lenguaje popular cuando se quiere graficar la idea de estar realizando una actividad particularmente peligrosa y, en ese sentido, alertar al respecto debiera resultar, por evidente, del todo innecesario.
Desde nuestra labor, como Defensoría Penal Pública, creemos que las personas deben conocer la existencia de las duras sanciones penales con que se amenaza a quienes, inexplicablemente, no guardan el debido cuidado en un ámbito en que el actuar consciente y responsable resulta de la máxima importancia, tal como trágicos episodios recientemente vividos en nuestro país nos lo han recordado.




















