Defensoría Penal Pública, - El caso conocido unas semanas atrás de un irresponsable conductor que fue sorprendiendo conduciendo su vehículo a más de 260 km/h, por permite aprovechar este espacio para recordar que desde el año 2022 rige una ley que establece que quien conduzca a una velocidad temeraria un vehículo motorizado deberá responder como autor ya no de una mera infracción a la ley de tránsito, sino como responsable de un delito el cual, como mínimo, y sin necesidad de que por dicha conducción se generen daños o lesiones en alguna persona, tendrá una pena de 41 días de prisión. Por cierto que si aquella conducción de vehículos "temeraria" genera lesiones o la muerte de alguien, dicha pena privativa de libertad se incrementará sustancialmente.
En nuestro país se establece objetivamente en que hipótesis se considerará la conducción como temeraria: Al exceder en 60 kms. por hora el máximo de velocidad permitido. En otras palabras, será delito la mera conducción de un vehículo motorizado en radio urbano a 110 o más km p/h, en caminos y carreteras de una sola vía a 160 o más km p/h, y en carreteras de dos o más vías a 180 o más km p/h.
Siempre hemos dicho que el derecho penal no sólo puede afectar a quien hace de su vida un constante actuar delictivo. Esta reciente normativa resulta ser otro claro ejemplo de aquello.
Indudablemente existen personas que siendo del todo honorables y honestas expresan, habitual o esporádicamente, un nivel de irresponsabilidad al volante que pone en riesgo no sólo su propia integridad física sino que la de todo quien tenga la mala fortuna de cruzarse en su camino.
Durante el primer semestre del presente año, en nuestra región la Defensoría Penal Pública ha conocido de 291 casos penales vinculados a la conducción de vehículos motorizados, cifra que equivale a más del 17% del total de nuestro ingreso de causas. Lo anterior debe alertarnos como región, dado que para el mismo período a nivel nacional este tipo de delitos no supera el 10% del total de ingreso de causas en la Defensoría.
Como se sabe, el exceso de velocidad en la conducción aparece como la principal protagonista de una gran cantidad de accidentes que debemos lamentar cada año, muchos de ellos fatales.
Más allá de las amenazas penales que puede establecer la ley, al final de cuentas solo será la conciencia de cada uno de nosotros al momento de sentarse frente a un volante en torno a los riesgos inherentes que implica toda conducción, lo que permitirá que algún día, de una vez por todas, empecemos a controlar este gran problema, que lleva el dolor inigualable de una muerte trágica a la puerta de miles de hogares todos los años.





















