 Redacción,								Diario El Divisadero
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														El Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia acogió las reclamaciones presentadas por la salmonera canadiense Cooke en contra de las medidas provisionales dictadas por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) respecto de sus centros de cultivo Huillines 2 y Huillines 3, ubicados en el Fiordo Cupquelán, Región de Aysén.
Según detalla www.emol.com, de acuerdo con el fallo, las operaciones de ambos centros no representaban un peligro inminente para el medio ambiente, como había planteado la SMA, por lo que no se justificaban las detenciones parciales impuestas. El tribunal sostuvo que la Superintendencia "no aportó prueba técnica concreta ni actualizada que permitiera acreditar los efectos ambientales específicos", y enfatizó que Cooke Chile cuenta con todos los permisos sectoriales necesarios para el desarrollo de su actividad.
Agrega la nota que en esa línea, estableció que "cualquier afirmación sobre la existencia de un riesgo ambiental inminente sea sustentada en antecedentes adicionales, específicos y técnicamente robustos", estándar que, según la resolución, no fue cumplido por la SMA. El tribunal consideró como antecedentes los Informes Ambientales (INFA) del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca), los cuales han señalado de manera consistente que ambos centros operan en condiciones aeróbicas
La información dada a conocer por www.emol, añade que en el fallo se destacó que dichos informes "no constituyen meros reportes administrativos, sino que corresponden a instrumentos técnicos de monitoreo ambiental basados en parámetros validados científica y operacionalmente, cuya finalidad es determinar con objetividad el estado ambiental del sitio de cultivo".
Asimismo, se tuvieron en cuenta informes periciales, incluyendo uno elaborado por un experto designado por la propia SMA, y estudios externos encargados por la empresa que acreditaron el cumplimiento de los estándares de oxigenación y densidad de cultivo exigidos por la Ley General de Pesca y Acuicultura. El Tribunal también reprochó a la SMA el uso sostenido de medidas provisionales contra la compañía, subrayando su carácter excepcional y temporal. "La desnaturalización del carácter temporal y excepcional de la medida provisional ha producido, en los hechos, que esta opere como una sanción encubierta para el administrado, impuesta sin un procedimiento contradictorio previo que le permita ejercer adecuadamente su derecho a defensa", señaló la sentencia.
Cooke valora fallo
Tras conocerse el fallo, el gerente general de Cooke Chile, Andrés Parodi, manifestó que "valoramos que la justicia haya reconocido la legalidad de nuestras operaciones y el apego permanente de Cooke Chile a la normativa vigente. Este fallo no solo reivindica nuestra posición, sino que evidencia el actuar arbitrario y técnicamente infundado de la SMA".
Parodi acusó que "durante años se nos impidió operar dos de nuestros centros plenamente autorizados, con un historial ambiental intachable, basándose en argumentos sin respaldo científico. La justicia tarda, pero llega. Lamentablemente, el daño causado a nuestra operación, a nuestros trabajadores y a la confianza en la SMA ya está hecho".
Asimismo, el ejecutivo destacó que "la decisión judicial otorga certeza jurídica a la actividad acuícola y refuerza la confianza en el marco institucional que regula a la industria. Esperamos que este fallo marque un precedente y ponga fin al uso injustificado de medidas provisionales sin base técnica ni jurídica. Las decisiones de los organismos estatales deben fundarse en evidencia científica, no en prejuicios ideológicos".
 
 
		 
		
		 
			 
 
 
 
 
 




 
							




 
 


 
						




